Este Juzgado de los Municipios Acosta, San Francisco, Jacura y Cacique Manaure de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La conversión en divorcio de la separación de cuerpos ya decretada a los ciudadanos ENDERSON JESÚS PEÑA CALDERA y MARIAGNI COROMOTO BOLÍVAR MARTÍNEZ, antes identi¬ficados y, en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el 25 de septiembre de 2009, fecha en que contrajeron matrimonio ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Cacique Manaure del estado Falcón, quedando anotada bajo el N° 26 de los libros respectivos.
SEGUNDO: Por cuanto ambos solicitantes declararon que durante su unión matri-monial no adquirieron bienes de fortuna, no existe comunidad conyugal que liquidar.
TERCERO: El Tribunal no hace pronunciamiento sobre hijos por no constar en autos su existencia.
Publíquese. Certifíquese por Secretaría copia d.....