En consecuencia este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley; de conformidad la Resolución Nro. 2018-0013, emitida por el Tribunal Supremo de Justicia de fecha 24-10-2018, y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, a favor del Ciudadano: IVAN COROMOTO GONZALEZ GUTIERREZ, una (1) bienhechuría Cerca Perimetral, enclavada en una área total de terreno de: QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTIMETROS (545,20〖mts〗^2) Las especificaciones de dicho inmueble son las siguientes: cerca perimetral construida con paredes de bloques de concreto sin revestimiento de friso, y cerca de malla y ciclón; El referido inmueble ésta ubicado en el sector El Estadio, Parroquia Urumaco, Municipio Urumaco del Estado Falcón, sobre una parcela de terreno Municipal. Comprendida de los siguientes linderos:
NORTE (SU FRE.....