Por lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda imponer a el Imputado CARLOS AGUSTIN ACOSTA CONTRERAS, ya identificado, las medidas cautelares establecidas en los ordinales 3° y 4° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal consistentes en la presentación semanal por ante este Tribunal y la prohibición de salir del Estado Falcón, sin autorización del Tribunal. Notifíquese a las partes y al imputado. Líbrese Boleta de Libertad y Ofíciese al Comisario VALMIRO CHACIN en la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de Coro, Estado Falcón, informándole lo acordado. Cúmplase.
ABG. SATURNO RAMIREZ ZORRILLA
JUEZ TERCERO DE CONTROL
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