Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes explanados este Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA LA ENTREGA del vehículo solicitado por los abogados Salvador Guarecuco Cordero y Neyla Salas Guardia, al ciudadano PEDRO ANTONIO RODRIGUEZ ARIAS, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V- 5.286.715, mayor de edad, y domiciliado en esta Ciudad de Coro, Estado Falcón, vehículo este cuyas características corresponden a Clase Camioneta, Tipo Sport Wagon, uso particular, Marca Toyota, Modelo Station Wagon S, año 1.994, Color Blanco (antes de color Rojo), serial de motor 1FZ0067874, serial de carrocería FZJ809003497, placas YBI-331 que conforme a dicha solicitud pertenece al Ciudadano PEDRO ANTONIO RODRIGUEZ ARIAS según documento autenticado por ante la Notaría Pública de Coro, en fecha 29 de Enero, inserto bajo el N° 39, tomo 30 de los libr.....