esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el EDER JOEL HERNÁNDEZ, en su carácter de Defensor Público Sexto Penal del ciudadano KLIBERT THOMÁS GUERRA COLINA, ambos anteriormente identificados, contra el auto dictado por el Juzgado Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual decretó medida cautelar sustitutiva contra el mencionado ciudadano, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, tipificado en el artículo 218 del Código Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 256.3 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, SE REVOCA EL FALLO objeto del recurso de apelación, ordenándose el juzgamiento en libertad del mencionado imputado.