Este Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se le admite totalmente la Acusación interpuesta por el Ministerio Público en contra del ciudadano RENNIER ALEXANDER NAVARRO QUIÑONES, titular de la cédula de identidad personal número V. ¿ 11473645, por la presunta comisión del delito de AMENAZA previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánico sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia; en perjuicio de NEIRA JOSEFINA GOMEZ GARBAN, por considerar este Tribunal que llena los requisitos establecidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se admiten y se declaran útiles, pertinentes y necesarias las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, testimoniales y documentales. TERCERO: Seguidamente la ciudadana Juez, admitida la acusación fiscal, le informa al acusado de las Medidas Alternativas a la Prose.....