En consecuencia con fundamento en las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial penal Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley. DECRETA. Primero: La Extinción de la Acción Penal en el presente asunto penal, de conformidad con lo establecido en los artículos 48 ordinal 7mo y, 318 ordinal 3ro, del Código Orgánico procesal penal, en consecuencia se decreta el SOBRESEIMIENTO, del presente asunto a favor del ciudadano. DAVID RAFAEL BLANCHAR CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.772.285, nacido el día 26 de Agosto del 1974, residenciado en calle Comercio Nº 12-30, entre avenidas Perú y Panamá de la ciudad de Punto Fijo, por la comisión del delito de CONTRABANDO, previsto y sancionado en los artículos 413 y 415, del Código Penal, en perjuicio del estado Venezolano. Segundo. Se decreta el Cese de toda Medida Cautelar impuesta contra el .....