Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA PRESCRIPCION, alegada en su escrito de contestación de la demanda por la apoderada judicial de la Codemandada Empresa AVENIDA SPORT CENTER, C.A, Abogada RAILID ZAVALA RAMIREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 139.949, en lo que respecta al periodo 05 de febrero del 2004 al 31 de diciembre del 2008, cuyos fundamentos y razones serán explanados en la parte motiva de la sentencia. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS, incoada por el ciudadano YOHAN MANUEL RAMIREZ AÑEZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la Cédula de Identidad Nº V.- 18.294.879 contra la SOCIEDAD MERCANTIL MODAS CORO, C.A, identificada en auto; TERCERO: Se cond.....