el Tribunal 4º de Control del estado Falcón con sede en Coro, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a ORLANDO JOSÉ LUGO, Venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad V-3.615.124 con fundamento al artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 19 numeral 2º de la Ley Penal del Ambiente, esto es, por prescripción de la acción penal.