Este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con Sede en Santa Ana de Coro, Administrando justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR EL DECAIMIENTO DE LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD, solicitada por la defensa pública, a favor de su defendido WILFREDO JOSE CUADRADO VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V.-22.608.125 a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO EN GRADO DE COMPLICIDAD previsto y sancionado en el articulo 3 en concordancia con los articulo 11 de la Ley Orgánica Contra el Secuestro y la Extorsión y 84 del Código Penal y EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el articulo 16 de la misma norma, en perjuicio de la familia MOUZABERT TABAN, con fundamento en el artículo 230, en concordancia con el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se mantiene la MEDIDA PRIVACION JUDI.....