en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, DECLARA ACTUALIZADO Y REFORMADO EL CÓMPUTO DE PENA en la causa seguida en contra del penado JUNIOR JOSÉ COLINA LÓPEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro.19.066.627, actualmente recluido en la comunidad penitenciaria de esta ciudad, CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, mas las penas accesorias contempladas en el artículo 16 del código penal vigente, por el delito de TRÁFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN, previsto y sancionado en el segundo aparte del articulo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.