DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la l DRA MARIA ALEJANDRO MACHADO BOHORQUEZ DEFENSORA DEL IMPUTADO LUIS ALBERTO SÁNCHEZ ZAVALA.
SEGUNDO: CONFIRMA EL AUTO dictado por el Juzgado de Primera Instancia con funciones de Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal que acordó privarlo preventivamente de la libertad, por encontrarse llenos los requisitos establecidos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase en la oportunidad de Ley al Tribunal de Primera Instancia.
Dada, firmada y sellada en la sede de la Corte de Apelaciones, en Santa Ana de Coro, a los 29 días del mes de Julio del año dos mil cuatro.
Años: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.
POR LA CORTE DE A.....