En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo establecido en los artículos 367 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con el artículo 375 eiusdem, resuelve: Primero: CONDENA al ciudadano RICHARD SMITH FLORES ORTEGA, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad Nº 16.029.336, nacido en fecha 2/5/1979, de 33 años de edad, casado, hijo de Ángela Ortega y Richard Flores, de oficio carpintero, reside en Calle 191 casa Nº 104-131 Barrio Unión Naguanagua estado Carabobo, Teléfono. 0241 414 17 27 la pena a cumplir de CUATRO AÑOS DE PRISION, mas las accesorias del artículo 16 del Código Penal, por el delito de ROBO PROPIO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 455 concatenado con el artículo 80 del Código Penal, todo conforme al procedimiento es.....