DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: Primero: Se declara con lugar la Aprehensión en flagrancia del ciudadano MARTÍNEZ BELLO EDIXON JOSÉ GREGORIO ampliamente identificado en autos, por estar llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Se admite la Precalificación dada por el Ministerio Público de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el articulo 406, en su primer ordinal del Código Penal, en perjuicio del ciudadano NELSON RAFAEL ACOSTA REYES. (OCCISO). Tercero: se ordena seguir por las vías del procedimiento ordinario en la presente causa, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Cuarto: Se decreta la PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD al ciudadano MARTÍNEZ BELLO EDIXON JOSÉ .....