En fuerza de los anteriores razonamientos, este Tribunal superior impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la apelación interpuesta por el abogado JOSÉ LUIS ISEA, asistido del abogado Oscar Sierra Dorante, matrícula N° 22.185, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero del Municipio Miranda de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró inadmisible la demanda de intimación de cobro de bolívares de una letra de cambio, incoada por el apelante contra el ciudadano RICHARD CHIRINOS, cédula de identidad N° 10.709265.
SEGUNDO: Se revoca la sentencia apelada y se ordena al Tribunal que resulte competente proceder a admitir la demanda.
No se identifica al abogado JOSE LUIS ISEA, porque no señaló cédula, ni INPREABOGADO, siendo sujeto pasivo de una posible cuestión previa; y por otro lado, se observa que tiene capacidad de postulación, al igual, que su abogado asistente.