Con fundamento en los motivos de hecho y de derecho expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TEMPORAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante recurrente CONSORCIO PARAGUANA, contra decisión de fecha 27 de mayo de 2011, dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Punto Fijo, en el juicio por mora en el Pago de las Prestaciones Sociales, que tienen incoado el ciudadano LUIS ANTONIO FLORES REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.580.974, contra el CONSORCIO PARAGUANA. SEGUNDO: Se declara definitivamente firme la sentencia de fecha 27 de mayo del año 2011, dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitor.....