Con fundamento en los hechos analizados, las normas aplicables y los criterios jurisprudenciales que anteceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN intentada por el abogado Johan Manuel Brett Giuntoli, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No. 128.606, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil PROMOTORA ADRIANA, C. A, parte demandada y apelante en el presente asunto, en contra de la Sentencia de fecha 25 de mayo de 2012, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Punto Fijo, en relación al juicio que por Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, tiene incoado el ciudadano FRANCISCO SÁNCHEZ, contra la Sociedad Mercantil PROMOTOR.....