este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta PRIMERO: Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, al ciudadano EDUARDO MIGUEL NARVAEZ BAEZ, Colombiano, nacido en Zambrano Bolívar Colombia, mayor de edad, de 43 años, portador de la cédula de identidad Colombiana N° V-73.376.557, nació el 23-11-1968, soltero, hijo de ANGERMINA MARIA BAEZ YEPEZ y SEBASTIAN ANTONIO NARVAEZ CAROS, ocupación de Trabajador de Finca, residenciado Sector La primavera, Finca La Fe en dios, Dabajuro Estado Falcón, de conformidad con lo establecido en el artículo 256.9 del Código Orgánico Procesal Penal consistente en que el mismo sea puesto a la disposición de la Dirección de Extranjería del Servicio Autónomo de Identificación, Migración y Extranjería, de manera inmediata a los fines de que se veri.....