DISPOSITIVA.-
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 11.01.2012 (f. 42), por el abogado Jaime Benazar, actuando como apoderado judicial de la parte actora, sociedad mercantil PUROCALZADO RE, C.A., contra la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva dictado por el Juzgado Décimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha 16.12.2011 (f. 37 al 40), mediante la cual declaró Inadmisible la demanda de Cobro de Bolívares ¿vía intimación-, interpuesta por la sociedad mercantil PUROCALZADO RE, C.A., contra la sociedad mercantil CROSSPORT WORLD NSS, C.A.
SEGUNDO: SE ORDENA al Juzgado Décimo Octavo de Municipio de la Circunscrip.....