Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal Estadal y Municipal, en funciones de Control, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: la Aprehensión en Flagrancia, se declara con lugar la solicitud fiscal en contra del Ciudadano: JUAN CARLOS GIL RUIZ, cédula de identidad Nª 11.900.274, por la presunta comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN, previsto y sancionado en el Artículo 149, segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en consecuencia se decreta MEDIDA JUDICIAL PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA PRIVATIVA DE LIBERTAD de conformidad con el artículo 236 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara sin lugar la solicitud de imposición de medida cautelar interpuesta por la defensa. TERCERO: ordena de proseguir conforme al procedimiento o.....