esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN con efectos suspensivos ejercido por la Fiscalía Vigésima Tercera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control con competencia en Delitos Económicos y Fronterizos de este Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, que impuso medida cautelar sustitutiva a los ciudadanos ADELIS RAMÓN COLINA MANZANO y JOEL AGUSTÍN GAUNA COLINA, por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO AGRAVADO, conforme a los dispuesto en el artículo 242.1 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, SE REVOCA el fallo apelado y se ordena el juzgamiento en libertad de los mencionados procesados, ordenándose librar la cor.....