DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Con Competencia Nacional en Extinción de Dominio, Administrando Justicia en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO:LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio de INTERDICCION CIVIL, presentada por los ciudadanos JESUS RAMON MATERAN GAVIDIA y BETTY ELADIA GAVIDIA,venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-5.579.145 y V.-5.528.935, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada XIOMARA MARGARITA NUÑEZ CASTILLO, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 35.756quienes solicitan como legitimada activa la INTERDICCION CIVIL de su progenitora madre, la ciudadana MARIA ERNESTINA GAVIDIA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V.- 2.100.423.
SEGUNDO: .....