En consecuencia este JUZGADO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD de el ciudadano, GOMEZ CHIRINO WILMER OTILIO, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 9.528.990, residenciado en Cari magua calle principal, Casa S/N, Estado Falcón, Estado Falcón. de conformidad con el artículo 44 Ordinal 1 y 5 de la Constitución Bolivariana de Venezuela y artículos 8,9 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad. Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía a fin de que prosiga con las investigaciones. Cúmplase.
LA JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. ZENLLY URDANETA DE NAVA.
SECRETARIA
ABG, GLAIZA REYES