Por las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: competente al Tribunal Segundo de Ejecución de este Circuito Judicial Penal para conocer la demanda por intimación de costas procesales interpuestas por Rafael Lorenzo Gonzáles Sayazo, asistido por el abogado Alberto Lugo Matheus, contra los ciudadanos Giovanny Bastelli Páez y Ruidy Mayorca Escalona.
Publíquese, regístrese y comuníquese.
Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Coro, a los treinta y un (31) días del mes de marzo del año 2003. Años: 192° de la Independencia y 144° de la Federación.
El Presidente,
ABOGADO RANGEL ALEXANDER MONTES.
Ponente
ABOGADA MARLENE MARÍN DE PEROZO.
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