Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, de conformidad con lo establecido en el artículo 937, del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 16, ejusdem, y en atención a lo solicitado, declara como: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano YOVANNY ANTONIO VALENZUELA (Fallecido en fecha doce (12) de octubre de 2011), a la ciudadana DELCY CECILIA CADENA MISAT, titular de la cedula de identidad Nº V-9.398.876, y a sus hijos (SE OMITEN NOMBRES), titulares de las cédulas de identidad Nº V-28.039.089 y V-28.573.665 respectivamente, de conformidad con los artículos 814 y 815 del Código Civil Venezolano.
Se faculta suficientemente al Secretario de este Tribunal para que certifique las copias respectivas y sean entregadas al interesado.
Dado, firmado y sellado en el Tribunal Primero de Mediación y .....