este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: declara con lugar la solicitud del Ministerio Público, en consecuencia decreta al imputado GALEA ISRAEL EDUARDO, titular de la cédula de identidad N° 26.413.253, Venezolano, de 18 años de edad, soltero, nacido en fecha 21/05/93, de profesión Albañil, y natural de Valera estado Trujillo y residenciado en el Sector San Benito, Municipio Carvajal, calle Pide Sabana, estado Trujillo; la medida de privación judicial preventiva de libertad, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de Robo, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal.