DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expresados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio constituido de manera mixta en la presente causa signada con el número 1P11-P-2003-00075, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, previa solicitud Fiscal ABSUELVE al ciudadano CARLOS RAMÓN AGUILAR, titular de la cedula de identidad Nº 9.586.567, venezolano, natural de los Taques de 39 años de edad, de oficio albañil, hijo de Helena Aguilar( difunta) y Carlos Segundo López, residenciado en los Llanitos de Moruy, sector arriba, en orden de ubicación la casa numero de 6, quien fue acusado por la comisión del delito de actos lascivos agravados, previstos y sancionados en el artículo 377 del Código Penal, en relación con los ordinales 1º. y 4º del artículo 375 ejusdem. En virtud de la anterior absolución se revocan las m.....