En mérito de los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este y por las razones antes expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el presente litigio signado con el Nro. 2084, contentivo del juicio por NULIDAD ABSOLUTA DE COMPRA VENTA, interpuesto por el ciudadano: DANIEL ALEJANDRO DE GREGORIO LIRA, venezolano (a), mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-15.067.235, domiciliado (a) en esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón; con dirección procesal en la Calle Iturbe, Centro Comercial Paseo San Miguel, planta alta, local Nro. 07, asistido (a) por el Abogado en ejercicio OSWALDO JESUS MADRIZ ROBERTY, Inpreabogado N° 101.864, contra la SUCESIÓN ANTONIO SABETA HAOIM, representada por la ciudadana: JACKELINE MEN.....