este Tribunal Tercero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, DECRETA PRIMERO: Se decreta CON LUGAR la solicitud fiscal, y consecuencia se decreta la MEDIDA JUDICIAL PREVENTIVA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD de conformidad en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano ABRAHAM JOSUE CHIRINOS PEÑA venezolano, mayor de edad, de 21 años de edad, soltero, portador de la cédula de identidad Nº V- 24.351.417 fecha de nacimiento 30-06-1994, de profesión u oficio obrero, residenciado Tocopero, Terraza de Tocopero, detrás del Liceo Manuela Lugo de Reyes, Municipio Tocopero, Estado Falcón, teléfono: 0412-685-2585 (esposa). Por la comisión de los delitos de TRAFICO ILICITO DESUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACION AGRAVADA previsto y sancionado en el artículo 149 Segundo aparte en relación con el artículo 163 numeral 7 de la Ley Orgánica de Drogas. SEGUNDO: Se decreta la incautaci.....