DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuestos este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: LIBERTAD PLENA, de conformidad con lo previsto en el Código Orgánico Procesal penal, artículo 8.9 y 44.1, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela favor del ciudadano: ROBERT FERNANDO MARIN NAVEDA, venezolano, natural de esta ciudad de Punto Fijo, titular de la cédula de identidad Nº V-15.980.015, de 25 años de edad, soltero, operador de planta, residenciado en el Sector Antiguo Aeropuerto, Avenida Principal, casa B4, edificio Venalosi, Punto Fijo, Estado Falcón. Se Ordena la Prosecución del Procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código orgánico Procesal Penal. Así se decide.
JUEZA PRIMERO DE CONTROL
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