Por todo los razonamientos expuestos este TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONCEDE EL PERMISO DE SALIDA TRANSITORIA AL PENADO SABARIEGO FREDDY GUSTAVO , venezolano, mayor de edad, soltero, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.172.790 domiciliado en la Avenida Principal, frente al Hotel Coral Suite, Chichiriviche, Estado Falcón, durante los dias 05 y 06 del mes y año en curso, actualmente domiciliado en el Centro de Tratamiento Comunitario ¿Dr. Eduardo Herrera¿, ubicado en la Urbanización Trigal Centro, Avenida Cerro, Calle San Andrés, Quinta Ilusión, Valencia, Estado Carabobo , de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, 479 y 501 del Código Orgánico Procesal Penal y 62 de la Ley de Régimen Penitenciario. Notifíquese a las partes, al penado y a ofíciese a la Dirección del Centro de Tratamiento Comunitario ya identifi.....