Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta: PRIMERO: con lugar la solicitud Fiscal, en relación al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, y de conformidad con el artículo 582 literal B de la LOPNNA, consistente en que se someta a la condiciones exigidas por la Oficina Nacional Antidroga (ONA), por el delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 456 del Código Penal. SEGUNDO: Líbrese boleta la Libertad. TERCERO: Se ordena librar oficio a la Trabajadora Social adscrita a este Circuito Judicial Penal Lic. Zully Fernández a los fines de realizar el respectivo informe social al núcleo familiar de los adolescentes y oficio a la oficina nacional Antidrogas, para informarle sobre lo acordado en esta sala. Notifíquese a las partes de la presente Resolución.
ABG. ZHAYDHA PAEZ CABEZA
JUEZ SEGUNDA DE CONTROL SECCION ADOLESCENTES
SECRETARIO
Abg. JORGE ARCAYA
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