Por las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR el Recurso de Apelación incoado por el ABG. ROLDAN DI TORO, en su condición de Fiscal Séptimo del Ministerio Público, en contra de la decisión publicada en fecha 17 de mayo del año que discurre, por el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, decisión esta que ABSOLVIÓ a la ciudadana MARÍA DEL VALLE PATIÑO COSSY, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.809.413, domiciliada en la calle comercio, Nº 40, de la población de Chichiriviche, Estado Falcón, quien se encontraba recluida en el Internado Judicial de ese Estado por la comisión de delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y SPICOTROPICAS, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.
Publíquese, regístrese y comuníquese.
Cúmplase lo ordenado.....