DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Tercero de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA; PRIMERO: Se admite la presente QUERELLA, interpuesta ciudadana MARIA VALESKA GARCIA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. 18.407.094, estudiante de 23 anos de edad, , residenciad en la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón, asistida por los abogados SALVADOR GUARECUCO Y NERSY SIRIT, Titulares de la Cedula de Identidad N° 13.203.872 y 13.662.236, e inscritos en el inpreabogado bajo los números N° 101.837 y 92.338 respectivamente, con domicilio procesal en la A venida Bella Vista entre prolongación calle Garcés y Mariño, Edificio Don Eduardo II, piso 1, oficina 4 Urbanización Santa Irene, Punto Fijo, Municipio Carirubana .....