Por todo lo antes expuesto éste Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano: Jesús Angel Medina, venezolano, natural de Punto Fijo, nacido en fecha 30-12-1966, edad 38 años, titular de la cédula de Identidad N°V-9.803.371, de estado civil soltero, de oficio comerciante, bachiller, residenciado en Antiguo Aeropuerto, Sector 1, Vereda 24, casa Nº 7, cerca de la calle 21-A, Punto Fijo Estado Falcón; por la presunta comisión del delito de Estafa Agravada en Grado de Continuidad, previsto y sancionado en el artículo 464 ordinal 1° en concordancia con el artículo 99 todos del Código Penal en perjuicio del Instituto Venezolano del Seguro Social y la Empresa Alobras; por encontrarse llenos los extremos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda la aplicación de.....