DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE, la acusación interpuesta por la representación Fiscal y la acusación privada interpuesta en contra del acusado HECTOR EFRAIN JOSE LEAÑEZ DIAZ, de Nacionalidad Venezolana, mayor de edad, nacido en la ciudad de Coro, Estado Falcón, Titular de la Cédula de Identidad N° V.-9.516.720, de 42 años de edad, de profesión u oficio abogado, de estado Civil casado, residenciado en la calle Santa Emilia, casa Nº 16, Urbanización Santa Irene, municipio Carirubana, Punto Fijo, Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de ESTAFA Y ASOCIACION, previsto y sancionado en los artículos 462 del Código Penal, articulo 16 numeral 3 en concordancia con el articulo 6 ambos de la Ley Contra la Delincue.....