En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Segundo de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara con lugar, la solicitud fiscal, y de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, impone al imputado ADRIAN SALOMON ARRAY BRICEÑO, Venezolano, mayor de edad, nació el 12-09-1989, 23 años de edad, titular de la cédula de identidad V-18.611.587, soltero, comerciante, residenciado calle las Flores, casa S/N, color de la casa blanco, Píritu, Estado Falcón, de la medida cautelar sustitutiva de libertad prevista en el artículo 256.3 del Código Orgánico Procesal Penal, que consistirá en la presentación periódica cada 45 días por ante este tribunal, por la presunta comisión del delito RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y ULTRAJE A FUNCIONARIO PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 218 y 222 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano. SEGUNDO: Se .....