esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano EMERSON ENRIQUE NAVA GARCÌA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.801.431, domiciliado en la Población de Pueblo Nuevo, Sector El Milagro, vía Adícora, casa S/N, Parroquia Pueblo Nuevo, Municipio Falcón del Estado Falcón, asistido por el ABOGADO URBANO JOSÉ MORENO MARÍN, inscrito en el IPSA con el Nº 39.442, domiciliado en la Avenida Falcón, entre Calles Los Reyes y Baraived, Local 2-A, de la Población de Pueblo Nuevo, Parroquia Pueblo Nuevo, Municipio Falcón del Estado Falcón, contra la decisión dictada el 15 de julio de 2009 por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, en el Asunto N° IP11-P-2009-000505.