DISPOSITIVA
Con fundamento en la razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único: a tenor de lo pautado en los artículos 48 ordinal 8° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, Decreta la extinción penal y por ende el Sobreseimiento de la presente causa, que se instruye a: Por Identificar, , por la presunta comisión del delito de: Hurto Simple previsto y sancionado en el artículo 453 del Código vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos en perjuicio de: Avila Agapito Abraham, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 1.416.630, residenciado en la Prolongación Ayacucho, quinta Agaisa, Urbanización Santa Irene, Punto Fijo Estado Falcón.
Notifíquese.