Este TRIBUNAL PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento a lo establecido en la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18-03-2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en actas en donde consta que el decujus, LUIS ANTONIO PINEDA, falleció Ab-intestato en fecha 06 de Julio de 2007, como consta del acta de defunción expedida por Jefe de la Sección del Registro Civil del Municipio Miranda, Estado Falcón, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del mencionado decujus LUIS ANTONIO PINEDA, a los ciudadanos MARBELYS COROMOTO PINEDA ROJAS, MARIELA COROMOTO PINEDA ROJAS, MARLENY COROMOTO PINEDA ROJAS, JORGE LUIS PINEDA ROJAS y MARYORIS COROMOTO PINEDA ROJAS, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de la c.....