Examinados los documentos acompañados, las declaraciones de los ciudadanos RODOLFO JOSÉ NAVAS RODRIGUEZ y WILSON RAUL GARCIA AMAYA y las normas ut supra transcritas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, determina que son suficientes para declarar las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD y POSESION a favor del ciudadano LEONEL JOSÉ MOLINA COLMENARES, quien es venezolano, mayor de edad, de 48 años, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-9.809.915, de profesión u oficio soldador, domiciliado en la vía principal Moruy-Santa Ana, sector El Puente, Parroquia Moruy del Municipio Falcón del Estado Falcón, sobre las bienhechurias anteriormente identificadas sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto e.....