Por las razones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 2, 3, 5, 7, 26, 49, 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Sentencia N° 136 de fecha 30/03/2017, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en el Exp. Nº AA20-C-2016-000479, y el artículo 16 del Código de Procedimiento Civil, declara:
ÚNICO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO INCOMPATIBILADA DE CARACTERES POR LA Nº 1070 formulada por los ciudadanos GISELA DEL VALLE ACURERO GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.616.468, correo electrónico: giseladelvalle78@gmail.com, telefono 0412-5156399, domiciliada en la Urbanizaciòn Las Eufenias, calle septima transversal III etapa, casa Nª.....