En consecuencia, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la apelación interpuesta por el abogado Pedro José López Torres, matrícula N° 117.459, en su carácter de apoderado del DISTRIBUIDORA DE TABACO FALCÓN (TABAFALCON, C.A.), inscrita ante el Registro Mercantil del Estado Falcón, el 04 de noviembre de 1994, bajo el N° 8, Tomo 5-A, contra la sentencia de fecha 16 de diciembre de 2009, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, y mediante la cual declaró parcialmente con lugar la demanda de daños morales, materiales y lucro cesante provenientes de accidente de tránsito, intentara el ciudadano ALEJANDRO JOSÉ MALAVÉ ROMERO, cédula de identidad N° 5.057.998, contra la apelante.
SEGUNDO: Prescrita la demanda de daños morales, materiales y lucro cesante intentada por el ciudadano ALEJANDRO JOSÉ MALAVÉ ROMERO c.....