DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD prevista en el ordinal 3º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la Presentación cada 30 días, al Ciudadano EDSON ALFONSO MANAURE MEDINA, no porta documentación personal, de nacionalidad venezolana, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 15.016.333, de 29 años de edad, nacido en fecha 23/09/80, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Mecánico, hijo de Segundo Manaure y Alis Medina de Manaure, natural Los Taques, Estado Falcón, y residenciado en la Urbanización Antiguo Aeropuerto, Avenida 1º, Sector 3, Casa Nº 34, cerca del Modulo Policial, Teléfono 0416 5602718 (Madre) Punto Fijo, Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTA.....