DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único: Conforme a lo dispuesto en el artículo 44 y 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se acuerda la libertad a los ciudadanos MARIA RAMONA PINEDA QUERO no porta documentación personal, de nacionalidad venezolana, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 12.734.182, de 34 años de edad, nacido en fecha 09/07/77, de estado civil Soltera en concubinato, de profesión u oficio Estudiante, hijo de Guillermo Pineda y María Quero, natural de Churuguara, Estado Falcón y residenciado en el Barrio 23 de Enero, Calle Nazaret, Casa Nº 16, de color verde con rejas negras, Punto Fijo, Estado Falcón y WERNER JESÙS WEFFER PEROZO, no porta documentación personal, de nacionalidad venezolana, Titular de la Cédu.....