Este Tribunal 1° de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, sede Coro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud presentada por la Abg. MARÍA LEAÑEZ, Fiscal Provisorio 11° del Ministerio Público del estado Falcón, quien solicitó para la imputada LUZ ADREINA VENTURA GARCIA, venezolana, soltera, estudiante, teléfono 0424-601-36-79, domiciliada en el sector Sabana Larga, calle 07, casa sin número, diagonal a la Iglesia de Sabana Larga, Municipio Colina del estado Falcón y titular de la cédula de identidad número 22.608.895, la imposición de la medida cautelar establecida en el literal "c" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por cuanto se presume perpetró el delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO venezolano, motivo por.....