Decisión
Por las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Por las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la presente acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano JUAN MEDINA, mayor edad, titular de la cédula de identidad N° 4.789.844, debidamente asistido por el abogado OSCAR SIERRA DORANTE, contra el presunto hecho de violación al debido proceso, al no sometimiento a juicio por los mismos hechos, y a la propiedad privada, según sus dichos, por el Juez Cuarto de Control del Circuito Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, consistente en la no entrega del vehículo. Y se ordena.....