Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO), presentada por los ciudadanos: ANA ROSA PALENCIA REYES y HÉCTOR SEGUNDO PULIDO ARGUELLO, venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-25.440.465 y V-16.709.651, respectivamente; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que contrajeran ante el Registro Civil de la Parroquia Guzmán Guillermo, Municipio Miranda del Estado Falcón, en fecha 31/03/2014, según acta N° 07. SEGUNDO: Expídase por secretaría copia certificada de la presente decisión y remítase al Registro Civil Principal y al Registro Civil de la Parroquia Guzmán Guillermo, Municipio Miranda del Estado Fa.....