este Tribunal Único en Funciones de Juicio del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la Ciudad de Santa Ana de Coro, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Se ordena PRIMERO: ratificar orden de Captura al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA, residenciado en Morrocoy, Caserío Lizardo, calle Lizardo cerca de la Plaza, del estado Falcón. y/o calle la Plaza N° 08-97, Puerto Cabello, Estado Carabobo, y/o , calle Maneiro, las Piedras de Juan Griego, casa s/n, casa de la familia Lugo, Municipio Marcano, del Estado Nueva Esparta, por el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑOS previsto y sancionado en el articulo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente, todo de conformidad a lo establecido en el articulo 617 ejusdem; en consecuencia, ofíciese a los diferentes cuerpos de seguridad de los Estados Falcón, Carabobo.....