En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Impartiendo Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento presentada por la Ciudadana Carol Omaira Lugo de Cappione, la cual se encuentra inserta bajo el Nº 106, correspondiente al año 1.952, de los libros de Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Falcón.- SEGUNDO: Se ordena a la Coordinadora de Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Falcón y al Registrador Principal del Estado Falcón, corregir dicha acta en lo referente a colocar el verdadero género de la ciudadana Carol Omaira Lugo de Cappione como: me ha sido presentada una niña hembra y no como aparece insertado erróneamente como: me ha sido presentado un niño varón.- Así como también colocar la niña que hoy presento y no como aparece erróneamente.....